lunes, 5 de agosto de 2013

Parlamentarismo inglés y las bases del Estado moderno

Por Jaime A. Collins

                                   «Los Comunes de Inglaterra declaramos que, por debajo de Dios, el pueblo es el origen de todo poder justo»
El Parlamento a Carlos I de Inglaterra

            Voy a referirme al desarrollo del Estado moderno (EM), al pensamiento renacentista e ilustrado que lo inspiró, y al establecimiento del parlamentarismo  inglés como forma de gobierno de avanzada en la Europa de la era moderna. Seré descriptivo y breve, y utilizaré un enfoque histórico para tal fin.
            Para empezar, el EM tuvo su origen histórico en las luchas de la burguesía europea de los siglos XVII y XVIII. Sin embargo, para otros el EM surgió y se desarrolló en Europa a partir del siglo XIII y se prolongó hasta finales del siglo XIX.  Pero ¿qué entendemos por EM? Es la primera forma propiamente política de organización social. En éste, el poder se institucionalizó y tendió a convertirse en impersonal. Fue el resultado de la voluntad y las acciones de los individuos. Para explicar el origen del EM, la filosofía social del siglo XVIII fue fundamental porque generó condiciones favorables al cuestionar la visión teológica del poder y del Estado, así como los privilegios dinásticos. En este contexto, el punto de partida fue el contrato social que buscaba la realización del bien común. Con esta tendencia, el liberalismo clásico se constituyó en base del EM al plantear limitaciones jurídicas al poder, defender la libertad individual, el Estado de derecho y la división de poderes. Para el liberalismo estas características crearían las condiciones para el progreso de la sociedad. Y llegamos a mediados del siglo XIX cuando el pensamiento liberal ganó poderosos defensores —en todo el mundo— con la extensión del sufragio, la disminución de la arbitrariedad gubernativa y la tolerancia frente a distintas ideas políticas. De esta forma, el liberalismo se plantea como una respuesta al problema de cómo se ejercen las funciones del Estado, mientras que la democracia como una respuesta a la cuestión de quién la ejerce. En otras palabras, el liberalismo tendría que ver con el desarrollo de la libertad mientras que la democracia con la igualdad.
            Ahora, ¿cómo ocurre la transición del Estado medieval al moderno? A lo largo de la edad media —en el mundo cristiano— el poder supremo estaba en manos del Papado. Y el Papa en su condición de vicario de Cristo debía ejercer el gobierno universal. En ese sentido, la segunda autoridad de la Cristiandad la constituía el emperador, pero de modo limitado ya que su legitimidad solo podía ser garantizada y asegurada por el Papa.  No obstante, este «reparto» de la autoridad no evitó que surgieran fuertes conflictos entre ambos poderes, ya fuera por el control del nombramiento de los clérigos, por la administración de justicia o por el derecho a recaudar las rentas de la Iglesia. El emperador no fue el único en cuestionar los derechos universales del Papado, también los monarcas comenzaron a presentar sus quejas.  Para acrecentar el problema, el gran cisma luterano acabó con el prestigio del Papado, que se vio obligado a firmar acuerdos con distintos monarcas, otorgándoles el control fiscal y de nombramientos sobre el clero. Así, en 1516 se firmó el acuerdo o concordato con Francisco I de Francia y en 1523 con Carlos I de España. 
            De otro lado, en el periodo medieval una escalada de invasiones obligó a los monarcas a delegar la protección de sus territorios a representantes de la nobleza. Este proceso coexistió con el vasallaje de las masas campesinas a un señor feudal a cambio de protección. Los feudos se constituyeron así en unidades autárquicas bajo la jurisdicción de un señor. El incremento del poder feudal llevó a estos señores a ver al monarca como el primero entre iguales, pero no el superior, respetando el carácter religioso de su poder. Como contraparte, el impulso comercial y urbano dio como fruto la aparición de un nuevo grupo social: la burguesía, que representó un freno a las pretensiones feudales. Es más, los monarcas contribuyeron con el desarrollo de la burguesía al otorgarles privilegios y  acogerlos bajo su jurisdicción, alejándolos del control feudal. La excepción a esta regla sucedió en el norte de Italia donde las ciudades se mantuvieron autárquicas y autónomas convirtiéndose en ciudades estado
            Como parte de esta construcción histórico-política, la idea del Estado-Nación emergió en la medida que el EM fue adquiriendo soberanía irrestricta sobre su territorio y capacidad para integrar socialmente identidades y solidaridades amplias. Así el EM se fue convirtiendo en el representante del interés nacional.  
            En este proceso de cambios hacia el EM el pensamiento en occidente con el Renacimiento (s. XV-XVI) y la Ilustración (s. XVIII, siglo de las luces) fueron fundamentales. El caso del Renacimiento fue una expresión de liberalismo que buscaba reorientar el pensamiento que concebía al mundo y al orden social —incluidos el origen y justificación del poder político— como frutos de la voluntad divina. Este renacer se desarrolló aún más con la invención de la imprenta, lo cual incrementó el acceso de las personas al conocimiento de los griegos y romanos.  Por su parte, la Ilustración tuvo una visión de futuro basada en la razón como único medio para conseguir la verdad. Este movimiento tuvo como pilares: 1ro, el progreso de la humanidad como combinación de ciencia y técnica; 2do, la naturaleza como origen de todo lo genuino y verdadero; y 3ro, la felicidad como bien al que todo hombre tenía derecho. En este sentido, la política se concibió como el “arte de hacer felices a los pueblos”                 
            Entonces, ¿qué hizo diferente al EM de los estados medievales? 1ro, una progresiva centralización del poder en lo social, económico y político, sin aceptar otro poder equivalente dentro de su territorio; 2do, una creciente concentración de funciones en manos de una burocracia profesional que creció con el desarrollo de una nueva gestión; 3ro, un creciente proceso de secularización que implicó la separación de la política y la administración del dogma religioso. El poder y la política se fueron legitimando en la racionalidad del individuo y sus propias leyes. De este modo, el Estado avanzó con autonomía en un proceso de construcción política.
            Y ¿qué regímenes políticos se desarrollaron en la Europa de la era moderna? 1ro, el absolutismo en el que el monarca concentraba todos los poderes del Estado. “Cuando el rey se levanta, Francia entera se levanta”. “El estado soy yo, yo soy Francia” (Luis XIV, rey de Francia). Esta soberanía recaía en el monarca no sólo por derechos dinásticos (familiares) sino también por derecho divino. Si el Papa era el representante espiritual de Dios en la tierra, los monarcas eran sus representantes políticos. Por lo tanto las leyes, la justicia y hasta la vida de las personas dependían del monarca. Por eso las personas eran súbditas del monarca; pero no ciudadanos; 2do, el despotismo ilustrado que implicaba la adaptación de las monarquías absolutas a las nuevas ideas del «siglo de las luces». Los monarcas se dieron cuenta de que necesitaban modernizar sus Estados, como ya estaba ocurriendo en Inglaterra y Holanda gracias a la burguesía y al comercio. Con el apoyo de los ilustrados y de técnicos especializados promovieron el desarrollo de la agricultura y de la artesanía. Se introdujeron nuevas técnicas, nueva infraestructura que favoreciera un mayor desarrollo del comercio (carreteras, puertos o canales). También se dedicaron a la educación con la creación de escuelas y universidades. Y a la sanidad con hospitales. Estas actuaciones, que mejoraron la imagen del monarca y elevaron el nivel de vida de sus súbditos, no fueron acompañadas de un programa de reformas políticas. Los monarcas ilustrados como Federico «el grande» de Prusia, Carlos III de España, Luis XVI en Francia o Catalina de Rusia no cedieron ninguna de sus prerrogativas absolutistas, por lo que se define a este tipo de monarquía como “gobierno para el pueblo pero sin el pueblo”. Las monarquías europeas, aunque ilustradas, conservaron los rasgos de los regímenes absolutos, haciendo evidentes —dentro de sus territorios y sus colonias— los riesgos de una ruptura; 3ro,  el parlamentarismo inglés que mediatizó el poder del monarca y que trataremos con mayor amplitud en la siguiente sección.
            El parlamentarismo inglés se estableció tras las revoluciones del siglo XVII, sobre todo tras la «revolución gloriosa» de 1689. Inglaterra pasó entonces de una monarquía absoluta a un régimen parlamentario (monarquía parlamentaria). En este proceso, las universidades inglesas y escocesas se convirtieron en la base de la ilustración británica, destacando John Locke como teórico del nuevo régimen de gobierno. Se estableció el Parlamento entonces como bicameral —una cámara para los Lores y otra para los Comunes—, siendo respetado y sostenido por la nobleza y la burguesía. Fueron pocos los Estados europeos que se libraron del absolutismo monárquico como fórmula de ejercicio del poder. Entre ellos destacaron tres: Holanda, la República de Venecia e Inglaterra.
            El desarrollo del parlamentarismo en Inglaterra fue un proceso que duro siglos. En este proceso se fueron logrando un conjunto de normas con rango constitucional: La Carta Magna (The Great Charter) en 1215 con Juan sin Tierra —dinastía Plantagenét— que aprobó limitaciones al poder real por un consejo; el Tallagio non concedendo en 1304 con Eduardo I —dinastía Plantagenét— que aprobó la no imposición de impuestos o subsidios sin autorización; la Petición de  derechos (Petition of right) en 1628 con Carlos I —dinastía Estuardo— que aprobó garantías concretas para los súbditos que el monarca no podía vulnerar; y la Carta de derechos (Bill of Right) en 1689 con Guillermo III y María II —dinastías de Orange-Nassau y Estuardo— que restablece y fortalece las facultades del Parlamento.
            Como vemos, la Carta de derechos fue un documento que impuso el Parlamento al príncipe Guillermo de Orange para poder suceder al rey Jacobo. El propósito de este texto fue recuperar y fortalecer facultades parlamentarias desaparecidas o mermadas durante el reinado absolutista de los Estuardo (Carlos II y Jacobo II). La Carta constituye uno de los precedentes inmediatos de las modernas «Declaraciones de Derechos» incluyendo: El preámbulo de la Declaración de independencia de los Estados Unidos (1776); la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano  (1789); y la Declaración universal de los derechos humanos (1948).
            Volvamos ahora a la revolución inglesa (1642-1689). En este periodo Inglaterra pasó por varias guerras civiles entre pro-parlamentaristas y pro-monárquicos quienes se disputaban el control del poder politico. La primera guerra civil (1642–1645) terminó con el retiro del poder —a Carlos I— de disolver el Parlamento. La segunda guerra civil (1648–1649), en la que los pro-parlamentaristas fueron dirigidos por Oliver Cromwell, terminó con la decapitación del rey Carlos I acusado de traición. La tercera guerra civil (1649–1651), en la que Cromwell se enfrentó a pro–monárquicos de Irlanda y Escocia a favor del futuro Carlos II,  terminó con el triunfo del primero y el establecimiento de una república autoritaria. A este periodo de gobierno se le conoce como Protectorado de los Cromwell (duró hasta 1960). Puede resultar contradictorio; pero en este periodo se abolió la cámara de los Lores. Con la muerte de Oliver Cromwell y la renuncia de su hijo se restauró la dinastía de los Estuardo (1660–1688) con Carlos II. En 1685 Jacobo II (católico) se convirtió en rey tras la muerte de su hermano Carlos. En 1689 Jacobo II fue derrocado por el Parlamento y su puesto fue declarado vacante. Guillermo III y María II protestantes, y ella hija de Jacobo— aceptaron asumir el trono bajo las condiciones de la Carta de derechos. Desde entonces ningún rey intentó jamás gobernar sin el Parlamento o contrariamente a los votos de los Comunes. El Parlamento asumió así muchos de los atributos del monarca. No está demás señalar que la «revolución gloriosa» de 1689, que puso fin a la revolución inglesa, es también conocida como «revolución incruenta» porque más que un conflicto militar fue un conflicto político con un trasfondo religioso. 
            En conclusión, el Estado y los regímenes políticos en Europa de la era moderna fueron cambiando en la medida que el liberalismo y el pensamiento renacentista e ilustrado se extendieron en dicha región, a partir del gran cisma luterano en la Iglesia católica. El parlamentarismo ingles fue el resultado de un largo proceso de disputas del poder político entre el monarca y los señores feudales y burgueses. Este parlamentarismo representó una forma avanzada de gobierno en Europa, y permitió imponerle al monarca limitaciones de poder que continúan vigentes hasta nuestros días. 

  

Referencias

1.      Agustina Yadira Martínez (2000). Bases teóricas sobre la conformación del Estado moderno. Cuestiones Políticas Nº 25, julio-diciembre, pp. 125-33. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Universidad del Zulia, Maracaibo, Venezuela.
Acceso en mayo 2013.

2.      Enrique Guillen López (2001). Los parlamentos y el tiempo. El ejemplo inglés hasta la Revolución Gloriosa. Cuadernos Const. de la Cátedra Fadrique Furió Ceriol n° 36/37. Valencia, España. Acceso en mayo 2013.
Disponible en: dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/623905.pdf

3.      Bases para la aparición del Estado moderno. Historia Universal de la Edad Moderna. Acceso en mayo 2013.

4.      Marcelo Garabedian. El Estado moderno. Breve recorrido por su desarrollo teórico. Acceso en mayo 2013.

5.      Raúl Arlotti (2007). La formación del Estado moderno. Acotaciones desde la trans-disciplinariedad. Revista electrónica del Instituto de Investigaciones ”Ambrosio L. Gioja” Año I, numero 1. Acceso en mayo 2013.

6.      Transformaciones del Estado moderno. Curso relación Estado-Sociedad. Tecnicaturas socio humanísticas. 1er ciclo de formación virtual.  Acceso en mayo 2013. Disponible en: http://cedoc.infd.edu.ar/upload/unidad05.pdf

7.      Hugo Neira. ¿Qué es República? (2011).Lima: USMP, Fondo Editorial, Instituto de Gobierno.

8.      Gwilym Dodd (2011). The birth of parliament. En la Web BBC History.
Acceso en mayo 2013.



Otras referencias sobre el tema

9.      About the history of parliament trust. En la web The history of parliament.
Acceso en mayo 2013

10.  ¿Cómo funciona el parlamento británico? En la Web BBC mundo.
Acceso en mayo 2013.

11.  Ricardo Espinoza Toledo. Sistemas parlamentario, presidencial y semi-presidencial. Instituto Federal Electoral. Cuadernos de divulgación de cultura democrática.
Acceso en mayo 2013.

12.  Web Aportación a la formación del Estado moderno.
Acceso en mayo 2013


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